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Declaración Patrimonial

¿Quiénes son las personas servidoras públicas?

¿Quiénes se encuentran obligados a presentar declaración de modificación patrimonial?

  • Todas las personas servidoras públicas de la Ciudad de México tienen la obligación de presentar su declaración de modificación, con fundamento en los artículos 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 64 numerales I y II de la Constitución Política de la Ciudad de México; 32 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y 32 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México.

  • Se reputaran personas servidoras públicas de la Ciudad de México, los miembros de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, los integrantes de las alcaldías, los miembros de los organismos autónomos y en general toda persona que desempeñe un empleo, cargo, función, mandato o comisión de cualquier naturaleza ante éstos; así como las personas que ejerzan actos de autoridad, recursos públicos o contraten con entes públicos la ejecución de obra o servicios públicos, de adquisiciones, de subrogación de funciones o reciban concesiones, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 fracción I de la Constitución Política de la Ciudad de México.

  • Los plazos de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México son:​

    • a) La Declaración Inicial se presenta en el término de 60 días naturales siguientes

      • Fecha de ingreso al servicio público por primera vez;

      • Fecha de reingreso al servicio público después de sesenta días naturales de la conclusión de su último encargo;

    • b) Modificación: durante el mes de mayo de cada año, siempre y cuando la persona servidora pública se encuentre en los siguientes supuestos:

      • Que el servidor público esté en activo;

      • Que haya trabajado por lo menos una quincena del ejercicio inmediato anterior;

    • c) Conclusión: Dentro de los siguientes 60 días naturales siguientes a la conclusión del encargo.

¿Cuál es el plazo para la presentación de la declaración de situación patrimonial y de intereses?

Declaración "simplificada" o "completa"

  • Presentarán la declaración “simplificada”, cuando su nivel jerárquico sea menor al de jefe de departamento o su ingreso bruto mensual sea igual o menor a los $20,332.99 (Veinte mil trescientos treinta y dos pesos 99/100 M.N.).

  • Deberán presentar la declaración completa, cuando su nivel jerárquico sea igual o mayor al de jefe de departamento, o bien, su ingreso bruto mensual sea igual o mayor a $20,333.00 (Veinte mil trescientos treinta y tres pesos 00/100 M.N).

                  * Estos montos se actualizan cada año.

Declaración Patrimonial

Trabajo en el sistema Federal y Estatal, ¿Presento una sola declaración?

  • Si ostentan una plaza estatal y una plaza de tipo federal, será necesario presentar la Declaración en SEPIFAPE y en la plataforma federal DECLARANET o municipal que le corresponda.

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