¿Qué donativos puedo deducir?
Son deducibles los donativos no onerosos ni remunerativos que se otorguen a instituciones autorizadas para tal fin y a la Federación.
El límite para deducir donativos es considerando los ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior, hasta el 7% para los otorgados a donatarias autorizadas y hasta el 4 % para los otorgados a la Federación.
Recomendaciones
Siempre que realices este tipo de gasto, revisa tu factura y cerciórate que:
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El campo "Uso del CFDI" sea por donativos.
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La donataria que lo reciba esté registrada como autorizada.
Recuerda que para que sea considerado en tu declaración anual debes evitar deducir:
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Donativos, si no se otorgaron a donatarias autorizadas o a la federación.
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Donativos cuando no exista el comprobante fiscal correspondiente emitido en el ejercicio que aplique.
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Cuando recibas tu factura cerciórate que la clave de producto y servicio que te consideraron corresponda a las claves relacionadas con este tipo de deducción personal.
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