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Trabajadores Domésticos

Esta dirigido a las personas que realizan trabajos domésticos remunerado.

Trabajadores del hogar LFT Art. 331

Trabajadores domésticos que en forma permanente prestan servicios o desempeña actividades propias de la dirección, conservación y/o desenvolvimiento del hogar de una persona o familia, o participen en el cuidado de los miembros de la familia o de quienes convivan en el domicilio (niños, adultos mayores, enfermos de la familia), o en trabajos de limpieza, lavar, jardinería, cocinar, planchar la ropa, conducción de vehículos y otros análogos, cuando se desarrollen formando parte del conjunto de tareas domésticas en el hogar. 

 

Modalidades

  1. Personas que trabajan para un patrón y residen en el domicilio, lo que comúnmente se le ha denominado de planta;

  2. Personas que trabajan para un patrón y no residen en el domicilio (de entrada por salida)

  3. Personas que trabajan para diferentes patrones y no residen en el domicilio de ninguno de ellos (multipatrón).

  • Pueden trabajar para uno o varios patrones y vivir o no en su lugar de trabajo.

 

Requisitos

     ​Información del empleador

  • Curp

  • Correo-e

  • Domicilio

  • Datos de contacto

   

     Información del trabajador doméstico

  • Curp

  • Domicilio

  • Datos de contacto

  • Número de Seguridad Social

Ancla 1
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