Personas Trabajadoras Independientes
Modalidad 10
OBLIGACIONES COMO EMPRESARIO QUE DEBES CUMPLIR
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Dirigido a los trabajadores en industrias familiares y los independientes, como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos, y demás trabajadores no asalariados
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Podrán aportar a su subcuenta de vivienda el 5% o más.
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Beneficios
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Incapacidades.
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Pensión por invalidez y vida.
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Fondo para el retiro.
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Prestaciones sociales dentro de las que se encuentran velatorios y guarderías.
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Servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica.
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Seguro de Enfermedades y Maternidad
Asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica, servicio de hospitalización, por enfermedades no profesionales.
* Incapacidades al trabajador por dichas enfermedades no profesionales.
Tratándose de maternidad
*Se otorga asistencia obstétrica para la asegurada, la cónyuge o la concubina, ayuda en especie por 6 meses para lactancia.
*Para la atención del parto se requiere un tiempo de espera de diez meses posteriores al primer aseguramiento.
*Tienen derecho a un subsidio en dinero igual al 100% del último salario diario de cotización.
-Siempre y cuando haya cubierto por lo menos treinta cotizaciones semanales en el período de doce meses anteriores a la fecha en que debiera comenzar el pago del subsidio.
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Se otorga una ayuda para gastos de funeral para el asegurado/a.
En caso de fallecimiento del trabajador se otorga una ayuda para gastos de funeral, además de las pensiones de viudez, orfandad o ascendientes que correspondan.
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Para hacer uso de los servicios que otorga el IMSS, deberás realizar tu registro, y en su caso el de tus beneficiarios legales, en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que corresponda a tu domicilio. Podrás hacerlo usando tu FIEL desde el Escritorio Virtual en el portal del IMSS o acudiendo directamente a la ventanilla de la UMF.
Seguro de Riesgos de Trabajo
Cubre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, otorgando al trabajador independiente asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica, servicio de hospitalización, aparatos de prótesis y ortopedia, y rehabilitación; así como el pago de incapacidades (incapacidad temporal, incapacidad permanente parcial, incapacidad permanente total y la muerte).
Seguro de Invalidez y Vida
Cuando el trabajador sufre un accidente o enfermedad no profesional que le impide trabajar de manera ordinaria y obtener más de un 50% del salario que percibía durante su último año laboral, o en caso de muerte del trabajador.
Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
Otorga una pensión para los trabajadores que hayan cumplido los periodos de cotización y la edad que exige la Ley del Seguro Social (cesantía: 60 años; vejez: 65 años o más, con 750 semanas en 2021, con incrementos anuales de 25 semanas hasta llegar a 1000 conforme a la nueva LSS o 500 semanas de cotización para LSS 1973).
*Si el asegurado no cuenta con las suficientes semanas de cotización puede retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta que cubra las semanas necesarias para obtener la pensión.
Para el caso de retiro, el asegurado podrá pensionarse antes de cumplir las edades establecidas, siempre que la pensión calculada en el Sistema de Rentas Vitalicias sea superior en más de 30% a la pensión garantizada.
El asegurado tiene el derecho de elegir la Administradora de Fondos para el Retiro de su elección y puede con cargo a los recursos de su cuenta y de sus semanas de cotización, obtener ayuda para gastos de matrimonio o desempleo.
Seguro de Guarderías y Prestaciones Sociales
Guarderías
Se proporcionan los cuidados de salud, educación y recreación, incluyendo el aseo y la alimentación de los hijos de la mujer trabajadora y del trabajador viudo o divorciado que conserve la custodia de los hijos.
Prestaciones sociales
Se proporcionan mediante programas de promoción de salud, cultura y deporte; educación higiénica, sanitaria, prevención de accidentes y enfermedades; impulso y desarrollo de actividades culturales; cursos de adiestramiento técnico y capacitación para el trabajo; centros vacacionales; establecimiento y administración de velatorios.
Beneficios INFONAVIT
Tienes el derecho de realizar el pago de las aportaciones al INFONAVIT con lo cual podrás ahorrar y acceder a un crédito para tu vivienda, así como a toda la gama de productos y servicios que ofrece dicha institución.
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Condiciones para los beneficios
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No se proporcionarán las prestaciones en especie, al asegurado o sus beneficiarios, durante los tiempos y por los padecimientos y tratamientos siguientes:
I. Seis meses:
a) Tumoración benigna de mama.
II. Diez meses:
a) Parto.
III. Un año:
a) Litotripcia.
b) Cirugía de padecimientos ginecológicos, excepto neoplasias malignas de útero, ovarios y piso perineal.
c) Cirugía de insuficiencia venosa y várices.
d) Cirugía de senos paranasales y nariz.
e) Cirugía de varicocele.
f) Hemorroidectomía y cirugía de fístulas rectales y prolapso de recto.
g) Amigdalectomía y adenoidectomía.
h) Cirugía de hernias, excepto hernia de disco intervertebral.
i) Cirugía de hallux valgus.
j) Cirugía de estrabismo.
IV. Dos años:
a) Cirugía ortopédica.
*Estos tiempos serán computados a partir de la fecha en que el asegurado y sus beneficiarios queden inscritos ante el Instituto. Transcurridos los mismos podrán hacer uso de las prestaciones en especie respecto de los padecimientos y tratamientos antes señalados.
Nota: La restricción para el otorgamiento de las prestaciones en especie respecto de los padecimientos y tratamientos enunciados, no impide que el asegurado o sus beneficiarios hagan uso de dichas prestaciones por otro padecimiento o tratamiento diverso.
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pago de las aportaciones al INFONAVIT con lo cual podrás ahorrar y acceder a un crédito para tu vivienda, así como a toda la gama de productos y servicios que ofrece dicha institución.
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Beneficiarios LSS Art. 13 Fracción I
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Cónyuge o concubino
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Hijos
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Padre y madre
Forma de pago
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Mensual
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Semestral
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Anual
Documentación
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Número de Seguro Social
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Curp
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Correo-e
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