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Régimen de Incorporación Fiscal

OBLIGACIONES COMO EMPRESARIO QUE DEBES CUMPLIR

  • Realicen únicamente actividades empresariales, enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional LISR Art. 111 primer párrafo.

  • Que los ingresos propios de su actividad del ejercicio anterior no rebasen los 2.0 millones de pesos LISR Art. 111 primer párrafo.

    • O cuando se estime que los ingresos acumulados no lo rebasen LISR Art. 111 cuarto párrafo.

      • Título IV Capítulo I Ingresos por salarios.​

        • Determinar de forma independiente​ el impuesto

      • Título III Capítulo III Ingresos por Arrendamiento.

      • Título VI Capítulo VI Ingresos por intereses.

  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales .

  • No omitir tres o más pagos mensuales ​ en un año calendario consecutivos o no .

  • No omitir presentar declaración anual 

  • Declarar cada dos meses los ingresos derivados de las operaciones que haya tenido tu negocio.

  • ​Emitir factura electrónica y registrar las operaciones.

​Emite la factura electrónica por tus ventas o prestación de servicios, en los casos siguientes:

       - Individual: cuando te la solicite el cliente.

       - Global: por las ventas o servicios con el público en general (puede ser de forma diaria, semanal, mensual o bimestral).

       - De nómina: en caso de tener empleados, por los pagos de sueldos y salarios y retenciones que les realices por los mismos conceptos.

  • El registro de los gastos en Mis cuentas se realiza de forma automática cuando se generan las facturas electrónicas; en caso contrario, regístralos.

 

  • Presentar declaración en Mis cuentas, que incluya el total de las operaciones que hayas tenido en el bimestre.

 

  • Presenta tus declaraciones de manera bimestral: enero-febrero, durante marzo; marzo-abril, durante mayo, y así sucesivamente.

 

  • Presentar declaración anual (Solo que hayas optado por determinar tus pagos provisionales a cuenta del impuesto del ejercicio aplicando un coeficiente de utilidad).

  • Los gastos que se incluyan deben ser estrictamente indispensables para el desarrollo de tu actividad y contar con su factura electrónica.

  • Lleva el control de las operaciones.

  • Habilitar tu Buzón Tributario CFF Art. 17-K.

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